LICENCIA DE PATENTE
La licencia de patente es una autorización de explotación en la que el licencian retiene la titularidad de la patente. Se trata de una transmisión LIMITADA.
1.- Limitada por el tiempo (la licencia es menor al resto de tiempo legal de la exclusiva)
2.- Limitada en el modelo de empleo: la licencia es para una aplicación concreta de la invención.
Se distinguen tres tipos de licencias
A.- Licencias contractuales
B.- Licencias obligatorias
C.- Licencias de pleno derecho
LICENCIAS OBLIGATORIAS
Son un acto de constitución forzosa de relaciones jurídicas. La concesión de una licencia obligatoria es una acto administrativo mediante el cual la oficina de patentes y marcas concede a un tercero el uso de una patente con fines determinados aún en contra de la voluntad del titular de la patente.
Las licencias obligatorias pueden ser concedidas por varias razones:
1.- Por falta de explotación
2.- Por interés público
3.- por dependencia de patentes
También tendrá ese carácter en caso de
- la invención recae en un bien o servicio objeto de monopolio legal (art. 58 ley de patentes)
- caso de prácticas restrictivas de las competencias (art. 80 ley de patentes)
"TÁCTICA es lo que se hace cuando hay algo que hacer, ESTRATEGIA es lo que se hace cuando no hay nada que hacer"
Savielly Tartakover
domingo, 25 de noviembre de 2012
PROTECCIÓN DE LOS PROGRAMAS DE ORDENADOR según el RD Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.
La propiedad intelectual sobre los programas de ordenador se regula en la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) en sus art. 95 y siguientes. Se protege los programas de ordenador como si fueran una obra literaria.
El término obra literaria y artística comprende todas las producciones en el campo literario, científico, artistico, cualquiera que sea el modo o forma de expresión.
RÉGIMEN JURÍDICO
La protección jurídica que se ofrece a los programas de ordenador es a través de los derechos de autor. En primer lugar por los artículos 95 a 104 de la LPI, sitos en el Título VII y en los no previsto en este título, por el resto de los artículos previstos en la LPI.
Es importante subrayar la aplicación subsidiaria del resto de artículos de la LPI en lo no previsto en el título específico dedicado a los programas de ordenador.
El legislador esta previendo en primer lugar que los programas de ordenador no constituyen un tipo de obra a la que se le pueda aplicar toda la LPI y en segundo lugar que los programas de ordenador no constituyen, en sentido estricto, una obra artística, literaria o científica.
PANTETABILIDAD DE LAS INVENCIONES IMPLEMENTADAS POR ORDENADOR
En este caso hay una protección mixta en la que el derecho de autor protegería los programas de ordenador propiamente dicho y el derecho de patentes protegería el avance técnico que un programa informática tenga una vez implementado en un ordenador u otro aparato programable que tenga una o más características nuevas que se realicen total o parcialmente mediante un programa de ordenador.
Ambas protecciones serían complementarias.
Los modelos de negocios, en cuanto meros programas de ordenador, quedan al margen de la protección.
CONCEPTO DE PROGRAMA DE ORDENADOR (ART. 96.1 LPI)
Se entenderá por programa de ordenador toda secuencia de instrucciones o indicaciones destinadas a ser utilizadas, directa o indirectamente en un sistema informático para realizar una función o una tarea o para obtener un resultado determinado, cualquiera que fuera su forma de expresión o fijación.
La expresión programas de ordenador comprende también su documentación preparatoria.
La documentación técnica y los manuales de uso de un programa gozarán de la misma protección.
La protección alcanza a cualquier forma expresiva de un programa de ordenador, es decir no sólo los códigos, sino también las pantallas y la selección de lamentos que aparecen en las mismas. El concepto de programa de ordenador abarca
1.- El código fuente: líneas de código, órdenes del lenguaje informático
2.-El código objeto: traducción al lenguaje máquina (lenguaje binario)
3.- Los manuales de explicativos y documentación preparatoria del programa
El programa de ordenador será protegido sólo si es original, en el sentido de creación intelectual propia de su autor. Ello debido a su consideración como obra literaria
La propiedad intelectual sobre los programas de ordenador se regula en la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) en sus art. 95 y siguientes. Se protege los programas de ordenador como si fueran una obra literaria.
El término obra literaria y artística comprende todas las producciones en el campo literario, científico, artistico, cualquiera que sea el modo o forma de expresión.
RÉGIMEN JURÍDICO
La protección jurídica que se ofrece a los programas de ordenador es a través de los derechos de autor. En primer lugar por los artículos 95 a 104 de la LPI, sitos en el Título VII y en los no previsto en este título, por el resto de los artículos previstos en la LPI.
Es importante subrayar la aplicación subsidiaria del resto de artículos de la LPI en lo no previsto en el título específico dedicado a los programas de ordenador.
El legislador esta previendo en primer lugar que los programas de ordenador no constituyen un tipo de obra a la que se le pueda aplicar toda la LPI y en segundo lugar que los programas de ordenador no constituyen, en sentido estricto, una obra artística, literaria o científica.
PANTETABILIDAD DE LAS INVENCIONES IMPLEMENTADAS POR ORDENADOR
En este caso hay una protección mixta en la que el derecho de autor protegería los programas de ordenador propiamente dicho y el derecho de patentes protegería el avance técnico que un programa informática tenga una vez implementado en un ordenador u otro aparato programable que tenga una o más características nuevas que se realicen total o parcialmente mediante un programa de ordenador.
Ambas protecciones serían complementarias.
Los modelos de negocios, en cuanto meros programas de ordenador, quedan al margen de la protección.
CONCEPTO DE PROGRAMA DE ORDENADOR (ART. 96.1 LPI)
Se entenderá por programa de ordenador toda secuencia de instrucciones o indicaciones destinadas a ser utilizadas, directa o indirectamente en un sistema informático para realizar una función o una tarea o para obtener un resultado determinado, cualquiera que fuera su forma de expresión o fijación.
La expresión programas de ordenador comprende también su documentación preparatoria.
La documentación técnica y los manuales de uso de un programa gozarán de la misma protección.
La protección alcanza a cualquier forma expresiva de un programa de ordenador, es decir no sólo los códigos, sino también las pantallas y la selección de lamentos que aparecen en las mismas. El concepto de programa de ordenador abarca
1.- El código fuente: líneas de código, órdenes del lenguaje informático
2.-El código objeto: traducción al lenguaje máquina (lenguaje binario)
3.- Los manuales de explicativos y documentación preparatoria del programa
El programa de ordenador será protegido sólo si es original, en el sentido de creación intelectual propia de su autor. Ello debido a su consideración como obra literaria
domingo, 21 de octubre de 2012
AYUDAS DE ESTADO
INTRODUCCIÓN
La bases del mercado interior de la Unión Europea residen en el mantenimiento de unas condiciones de competencia iguales entre todos las partes para que se pueda competir. La política de competencia es esencial en la Unión Europea. El control de las ayudas públicas es esencial para mantener mercados competitivos.
El art.87.1 del Tratado de Constitución de la UE prohibe las ayudas estatales que falseen o amenacen falsear la competencia del mercado común.
A veces un mercado no funciona correctamente desde el punto de vista económico y en estos casos, como excepción, se permiten si las ayudas tienen efectos positivos para la UE en general, cuando resultan útiles para alcanzar un objetivo común perseguido (ex. cohesión social, I+D, fomento de la diversidad cultural...) tratando de corregir deficiencias del mercado.
REQUISITOS
El art. 87.1 del Tratado de Constitución de la UE exige 4 requisitos para que se pueda considerar ayuda de estado:
1.- La ayuda supone un BENEFICIO para la empresa
2.- La concede el Estado (proviene de fondos públicos)
3.- Favorece SOLO A DETERMINADAS empresas
4.- FALSEA LA COMPETENCIA, afectando a los intercambios comerciales entre los Estados Miembros
SUPERVISIÓN DE LAS AYUDAS: NOTIFICACIÓN PREVIA
Los Estados Miembros deben notificar a la Comisión cualquier concesión o modificación de una ayuda estatal. No pueden desembolsar la ayuda hasta que la Comisión lo haya autorizado. Los Estados deben notificar la ayuda y esperar su aprobación por la Comisión Europea.
La Comisión Europea tiene la competencia de determinar si las ayudas constituyen Ayudas de Estado según el art. 87.1 y en caso afirmativo si pueden acogerse a las excepciones del art. 87.2 y 87.3.
Toda ayuda concedida sin la autorización de la Comisión se considera AYUDA ILEGAL.
DEVOLUCIÓN DE LA AYUDA: AYUDA ILEGAL
El objetivo de la devolución de la ayuda es volver el mercado a la situación en que estaba antes del otorgamiento de la ayuda.
Las ayudas ilegales pueden ser de dos tipos:
A.- Ayudas NO notificadas a la Comisión en los términos exigidos
B.- Ayudas que SI han sido notificadas pero se han concedido antes de la respuesta de la Comisión
EXENCIONES
El Tratado establece una serie de EXENCIONES que se consideran compatibles con el mercado interior (Reglamento General de exenciones por Categoría, 2008):
A.- Ayudas Regionales: Destinadas a ayudar al crecimiento económico de regiones menos favorecidas.
http://europa.eu/legislation_summaries/competition/state_aid/g24242_es.htm
B.- Otras Normas Horizontales: La Comisión está facultada para dictar reglamentos que establezcan la compatibilidad de determinadas ayudas con el mercado común. Se trata de ayudas que afectan al conjunto de sectores económicos: Investigación y Desarrollo, pequeñas y medianas empresas, protección del medio ambiente, emplee...
http://europa.eu/legislation_summaries/competition/state_aid/g24242_es.htm
MÁS INFORMACIÓN
http://europa.eu/legislation_summaries/competition/state_aid/index_es.htm
INTRODUCCIÓN
La bases del mercado interior de la Unión Europea residen en el mantenimiento de unas condiciones de competencia iguales entre todos las partes para que se pueda competir. La política de competencia es esencial en la Unión Europea. El control de las ayudas públicas es esencial para mantener mercados competitivos.
El art.87.1 del Tratado de Constitución de la UE prohibe las ayudas estatales que falseen o amenacen falsear la competencia del mercado común.
A veces un mercado no funciona correctamente desde el punto de vista económico y en estos casos, como excepción, se permiten si las ayudas tienen efectos positivos para la UE en general, cuando resultan útiles para alcanzar un objetivo común perseguido (ex. cohesión social, I+D, fomento de la diversidad cultural...) tratando de corregir deficiencias del mercado.
REQUISITOS
El art. 87.1 del Tratado de Constitución de la UE exige 4 requisitos para que se pueda considerar ayuda de estado:
1.- La ayuda supone un BENEFICIO para la empresa
2.- La concede el Estado (proviene de fondos públicos)
3.- Favorece SOLO A DETERMINADAS empresas
4.- FALSEA LA COMPETENCIA, afectando a los intercambios comerciales entre los Estados Miembros
SUPERVISIÓN DE LAS AYUDAS: NOTIFICACIÓN PREVIA
Los Estados Miembros deben notificar a la Comisión cualquier concesión o modificación de una ayuda estatal. No pueden desembolsar la ayuda hasta que la Comisión lo haya autorizado. Los Estados deben notificar la ayuda y esperar su aprobación por la Comisión Europea.
La Comisión Europea tiene la competencia de determinar si las ayudas constituyen Ayudas de Estado según el art. 87.1 y en caso afirmativo si pueden acogerse a las excepciones del art. 87.2 y 87.3.
Toda ayuda concedida sin la autorización de la Comisión se considera AYUDA ILEGAL.
DEVOLUCIÓN DE LA AYUDA: AYUDA ILEGAL
El objetivo de la devolución de la ayuda es volver el mercado a la situación en que estaba antes del otorgamiento de la ayuda.
Las ayudas ilegales pueden ser de dos tipos:
A.- Ayudas NO notificadas a la Comisión en los términos exigidos
B.- Ayudas que SI han sido notificadas pero se han concedido antes de la respuesta de la Comisión
EXENCIONES
El Tratado establece una serie de EXENCIONES que se consideran compatibles con el mercado interior (Reglamento General de exenciones por Categoría, 2008):
A.- Ayudas Regionales: Destinadas a ayudar al crecimiento económico de regiones menos favorecidas.
http://europa.eu/legislation_summaries/competition/state_aid/g24242_es.htm
B.- Otras Normas Horizontales: La Comisión está facultada para dictar reglamentos que establezcan la compatibilidad de determinadas ayudas con el mercado común. Se trata de ayudas que afectan al conjunto de sectores económicos: Investigación y Desarrollo, pequeñas y medianas empresas, protección del medio ambiente, emplee...
http://europa.eu/legislation_summaries/competition/state_aid/g24242_es.htm
MÁS INFORMACIÓN
http://europa.eu/legislation_summaries/competition/state_aid/index_es.htm
domingo, 3 de junio de 2012
CONVOCATORIA BECAS FPI EN LA UPV
A.-BENEFICIARIOS: deberán estar en posesión de los títulos oficiales españoles y, en su caso, de los complementos de formación, que den acceso a la fase de investigación de un programa de doctorado de conformidad con las diferentes ordenaciones vigentes de estas enseñanzas o encontrarse matriculado en el curso académico 2011-2012 para cumplimentarlos al término del mismo y poder presentar, en el caso de ser preseleccionado, la matrícula en la fase de investigación en un programa de doctorado al inicio del curso 2012-2013.
ORDENACIONES VIGENTES
1.-Estudios de tercer ciclo regulados por el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril, por el que se regula el tercer ciclo de estudios universitarios, la obtención y expedición del título de Doctor y otros estudios de postgrado: estar en posesión del DEA o matriculado para cumplir este requisito al final del curso académico 2011-2012.
2.- Estudios Oficiales de Posgrado regulados por el Real Decreto 56/2005, de 21 de enero, por el que se regulan los estudios oficiales de postgrado: reunir los requisitos de acceso al periodo de investigación del doctorado. En cualquiera de los casos siempre deberán haber completado un mínimo de 300 créditos, de los que al menos 60 habrán de ser de nivel de Máster, en el conjunto de los estudios universitarios de Grado y Posgrado para acceder a la fase de investigación de las enseñanzas de tercer ciclo.
3.- Enseñanzas reguladas por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales: reunir los requisitos de acceso al periodo de investigación del doctorado.
FECHA DE FINALIZACIÓN DE ESTUDIOS
1.- En el caso de licenciados, ingenieros y arquitectos o equivalente en sistemas universitarios extranjeros no adaptados al EEES debe ser posterior al 1 de enero de 2009.
2.- En el caso de diplomados, ingenieros técnicos y arquitectos técnicos o equivalente en sistemas universitarios extranjeros no adaptados al EEES, debe ser posterior al 1 de enero de 2008.
3.- En el caso de estudios de Grado del EEES de 180 créditos deberá ser posterior al 1 de enero de 2008.
4.-En el caso de estudios de Grado del EEES de 240 créditos deberá ser posterior al 1 de enero de 2009.
EXPEDIENTE ACADÉMICO
Contar con un expediente académico con una nota media igual o superior a 1,60 puntos
Los estudiantes extranjeros deberán estar en posesión del NIE, o tener acreditado su domicilio en España.
B.- DURACIÓN DE LAS AYUDAS: 48 meses a partir de que el beneficiario se incorpore a la estructura de investigación.
Las ayudas se separan en dos periodos diferentes
1.- Hasta 24 meses de beca (inicialmente 12 meses).- 1.142 euros mensuales
2.- Hasta 24 meses de contrato en prácticas. 1.173 euros mensuales
C.- DOCUMENTACIÓN Y PLAZO. El plazo finaliza el 29 de junio
DOCUMENTACIÓN.
A.-1.- IMPRESO NORMALIZADO
2.- DNI, NIE, TARJETA DE RESIDENCIA O ACREDITACIÓN DE LA RESIDENCIA MEDIANTE EL PADRÓN
3.- DOCUMENTO ACREDITATIVO DE LA TITULACIÓN
4.-CERTIFICACIÓN ACADÉMICA PERSONAL EN LA QUE CONSTE
LAS ASIGNATURAS SUPERADAS CON SUS CRÉDITOS
LAS NOTAS DE CADA ASIGNATURA
LA NOTA MEDIA
B.- CURRICULUM VITAE DEL CANDIDATO CON UN MÁXIMO DE MIL PALABRAS (IMPRESO NORMALIZADO)
C.- MEMORIA DE UN PROYECTO FORMATIVO QUE INCLUYA LA TESIS DOCTORAL COMO MÁXIMO 2.000 PALABRAS (IMPRESO NORMALIZADO)
D.- DATOS CURRICULARES DEL DIRECTOR DE LA TESIS (IMPRESO NORMALIZADO)
E.-HISTORIAL CIENTÍFICO TÉCNICO DEL GRUPO DE INVESTIGACIÓN DE LOS ÚLTIMOS 5 AÑOS (IMPRESO NORMALIZADO)
F.- DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LA NOTA MEDIA USANDO LOS MODELOS DISPONIBLES EN LA WEB.
G.-JUSTIFICANTE DE MATRÍCULA EN EL PROGRAMA DE DOCTORADO O EN EL MÁSTER ASOCIADO AL PROGRAMA DE DOCTORADO.
Matrícula de máster oficial de al menos 60 créditos ECTS en una universidad española o del Espacio Europeo de Educación Superior. En el caso de que la matrícula sea inferior a 60 créditos deberá adjuntar en el mismo archivo la certificación académica de los créditos superados con anterioridad y que completan los 60 créditos requeridos.
Matrícula en el periodo de formación del doctorado de al menos 60 créditos ECTS en el curso en una universidad española. En el caso de que la matrícula sea inferior a 60 créditos deberá adjuntar en el mismo archivo la certificación académica de los créditos superados con anterioridad y que completan los 60 créditos requeridos.
Matrícula del DEA en el curso 2011-12 en una universidad española con el objetivo de tenerlo al finalizar el curso.
Matrícula en el periodo de investigación del doctorado en una universidad española.
Título de máster oficial, en su defecto podrá presentarse el certificado supletorio de título o el
resguardo de haber abonado los derechos de expedición del mismo.
Certificación académica oficial del máster en la que conste al menos haber superado 60 créditos
ECTS.
FORMA DE PRESENTACIÓN
Se presentarán en el registro del CTT original y dos copias de la documentación señalada en el apartado A
Se enviarán por correo electrónico el resto de documentación en formato PDF. El título del correo será SOLICITUD PAID 01-12: APELLIDOS, NOMBRE
Llevará anexo los ficheros con los siguientes nombres
Solicitud
DNI
Titulación
Certificado
CV solicitante
Memoria
CV director
Historial
Nota Media
Matrícula
DOCUMENTOS NORMALIZADOS
http://www.upv.es/entidades/VI/menu_595536c.html
A.-BENEFICIARIOS: deberán estar en posesión de los títulos oficiales españoles y, en su caso, de los complementos de formación, que den acceso a la fase de investigación de un programa de doctorado de conformidad con las diferentes ordenaciones vigentes de estas enseñanzas o encontrarse matriculado en el curso académico 2011-2012 para cumplimentarlos al término del mismo y poder presentar, en el caso de ser preseleccionado, la matrícula en la fase de investigación en un programa de doctorado al inicio del curso 2012-2013.
ORDENACIONES VIGENTES
1.-Estudios de tercer ciclo regulados por el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril, por el que se regula el tercer ciclo de estudios universitarios, la obtención y expedición del título de Doctor y otros estudios de postgrado: estar en posesión del DEA o matriculado para cumplir este requisito al final del curso académico 2011-2012.
2.- Estudios Oficiales de Posgrado regulados por el Real Decreto 56/2005, de 21 de enero, por el que se regulan los estudios oficiales de postgrado: reunir los requisitos de acceso al periodo de investigación del doctorado. En cualquiera de los casos siempre deberán haber completado un mínimo de 300 créditos, de los que al menos 60 habrán de ser de nivel de Máster, en el conjunto de los estudios universitarios de Grado y Posgrado para acceder a la fase de investigación de las enseñanzas de tercer ciclo.
3.- Enseñanzas reguladas por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales: reunir los requisitos de acceso al periodo de investigación del doctorado.
FECHA DE FINALIZACIÓN DE ESTUDIOS
1.- En el caso de licenciados, ingenieros y arquitectos o equivalente en sistemas universitarios extranjeros no adaptados al EEES debe ser posterior al 1 de enero de 2009.
2.- En el caso de diplomados, ingenieros técnicos y arquitectos técnicos o equivalente en sistemas universitarios extranjeros no adaptados al EEES, debe ser posterior al 1 de enero de 2008.
3.- En el caso de estudios de Grado del EEES de 180 créditos deberá ser posterior al 1 de enero de 2008.
4.-En el caso de estudios de Grado del EEES de 240 créditos deberá ser posterior al 1 de enero de 2009.
EXPEDIENTE ACADÉMICO
Contar con un expediente académico con una nota media igual o superior a 1,60 puntos
Los estudiantes extranjeros deberán estar en posesión del NIE, o tener acreditado su domicilio en España.
B.- DURACIÓN DE LAS AYUDAS: 48 meses a partir de que el beneficiario se incorpore a la estructura de investigación.
Las ayudas se separan en dos periodos diferentes
1.- Hasta 24 meses de beca (inicialmente 12 meses).- 1.142 euros mensuales
2.- Hasta 24 meses de contrato en prácticas. 1.173 euros mensuales
C.- DOCUMENTACIÓN Y PLAZO. El plazo finaliza el 29 de junio
DOCUMENTACIÓN.
A.-1.- IMPRESO NORMALIZADO
2.- DNI, NIE, TARJETA DE RESIDENCIA O ACREDITACIÓN DE LA RESIDENCIA MEDIANTE EL PADRÓN
3.- DOCUMENTO ACREDITATIVO DE LA TITULACIÓN
4.-CERTIFICACIÓN ACADÉMICA PERSONAL EN LA QUE CONSTE
LAS ASIGNATURAS SUPERADAS CON SUS CRÉDITOS
LAS NOTAS DE CADA ASIGNATURA
LA NOTA MEDIA
B.- CURRICULUM VITAE DEL CANDIDATO CON UN MÁXIMO DE MIL PALABRAS (IMPRESO NORMALIZADO)
C.- MEMORIA DE UN PROYECTO FORMATIVO QUE INCLUYA LA TESIS DOCTORAL COMO MÁXIMO 2.000 PALABRAS (IMPRESO NORMALIZADO)
D.- DATOS CURRICULARES DEL DIRECTOR DE LA TESIS (IMPRESO NORMALIZADO)
E.-HISTORIAL CIENTÍFICO TÉCNICO DEL GRUPO DE INVESTIGACIÓN DE LOS ÚLTIMOS 5 AÑOS (IMPRESO NORMALIZADO)
F.- DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LA NOTA MEDIA USANDO LOS MODELOS DISPONIBLES EN LA WEB.
G.-JUSTIFICANTE DE MATRÍCULA EN EL PROGRAMA DE DOCTORADO O EN EL MÁSTER ASOCIADO AL PROGRAMA DE DOCTORADO.
La acreditación podrá estar compuesta por cualquiera de estos
documentos:
Matrícula de máster oficial de al menos 60 créditos ECTS en una universidad española o del Espacio Europeo de Educación Superior. En el caso de que la matrícula sea inferior a 60 créditos deberá adjuntar en el mismo archivo la certificación académica de los créditos superados con anterioridad y que completan los 60 créditos requeridos.
Matrícula en el periodo de formación del doctorado de al menos 60 créditos ECTS en el curso en una universidad española. En el caso de que la matrícula sea inferior a 60 créditos deberá adjuntar en el mismo archivo la certificación académica de los créditos superados con anterioridad y que completan los 60 créditos requeridos.
Matrícula del DEA en el curso 2011-12 en una universidad española con el objetivo de tenerlo al finalizar el curso.
Matrícula en el periodo de investigación del doctorado en una universidad española.
Título de máster oficial, en su defecto podrá presentarse el certificado supletorio de título o el
resguardo de haber abonado los derechos de expedición del mismo.
Certificación académica oficial del máster en la que conste al menos haber superado 60 créditos
ECTS.
FORMA DE PRESENTACIÓN
Se presentarán en el registro del CTT original y dos copias de la documentación señalada en el apartado A
Se enviarán por correo electrónico el resto de documentación en formato PDF. El título del correo será SOLICITUD PAID 01-12: APELLIDOS, NOMBRE
Llevará anexo los ficheros con los siguientes nombres
Solicitud
DNI
Titulación
Certificado
CV solicitante
Memoria
CV director
Historial
Nota Media
Matrícula
DOCUMENTOS NORMALIZADOS
http://www.upv.es/entidades/VI/menu_595536c.html
domingo, 27 de mayo de 2012
INTERNACIONALIZACIÓN
En un contesto de crisis económica la internacionalización parece la salida más favorable para las PYMES, realizar un plan de internacionalización, estudiar los pros y contras de esta salida al exterior, utilizar las ayudas ofertados por organismos como el ICEX e intentar prosperar en otros mercados.
Muchas empresas, ante la situación de crisis, se han atrevido a ofrecer sus productos o servicios a otros países con la intensión de diversificar su mercado, pero lo han hecho de una forma desordenada y sin haber realizado una planificación estratégica con el objetivo de minimizar los riesgos, que toda actividad de internacionalización lleva asociados.
Si hablamos de una PYME, los pasos a seguir son claros y los objetivos a lograr, más o menos similares, crear visibilidad en el exterior, tener imagen de marca y obtener mayores beneficios pero la pregunta sería si podemos aplicar los mimos pasos y los mismos objetivos a una Universidad.
Cuando hablamos de la Internacionalización de una universidad a qué nos referimos, parece que estamos hablando de los estudiantes de movilidad o erasmus que salen y entran en nuestras universidades. En realidad deberíamos referirnos a algo más.
La internacionalización se refiere también a la forma de investigar, a obtener ayudas internacionales, a enseñar a nuestros estudiantes otras formas de hacer y estudiar diferentes a las nuestras y para esto, también las universidades necesitan un plan de internacionalización. Muchas de ellas lo tienen previstos en sus planes estratégicos pero son pocas las que lo han desarrollado o le dan mayor importancia, llevando acciones no planificadas y olvidando que la planificación es esencial para lograr cualquier objetivos que nos propongamos.
El proceso de internacionalización es una pieza clave para lograr el cumplimiento del Plan de Bolonia " mejorar la movilidad del personal de las universidades y de los estudiantes de la UE". Está previsto por la UE que la movilidad universitaria llegue al 20% en 2020.
Una de las carencias destacadas en la Universidad es el escaso conocimiento de la lengua inglesa, son muy pocos los que podrían comunicarse en una lengua extranjera sin tener problema. Deberíamos fomentar el aprendizaje de lenguas extranjeras entre el personal que trabaja en la Universidad de manera que sepan responder a necesidades específicas de estudiantes de otros países que estudia en nuestras universidades. El aprendizaje de lenguas como el chino, portugués o alemán pueden ayudar en la tramitación de proyectos bilaterales con países firmantes de convenios y desarrolladores de tecnología.
En el área de la investigación, sería muy conveniente formar al personal para poder desarrollar con facilidad peticiones de proyectos internacionales, localizar socios y realizar acuerdos.
En casi todos los rankings de Universidades uno de los índices que más importancia tiene es la visibilidad, los artículos publicados en revistas internacionales de prestigio y la transferencia de tecnología a nivel internacional. Las Universidades Españolas empiezan a aparecer por debajo del puesto número 100, ello no se debe a que invertimos en I+D menos que otros países, sino a la forma de enseñar, a los métodos utilizados, a la falta de asignaturas en las que se promueva el emprendedurismo y sobre todo a la falta de convenios internacionales para transferencia de tecnología.
En definitiva necesitamos planes de internacionalización donde se promuevan la cultura emprendedora, se dote de estructuras de apoyo preparadas a los grupos de investigación, se profundice más en el aprendizaje de idiomas y se especialice en la presentación de proyectos de investigación internacionales y multidisciplinares.
Es necesario facilitar el proceso de admisión de estudiantes extranjeros, flexibilizar la forma de pago y sobre todo la especialización en nuevos métodos de enseñanza.
En un contesto de crisis económica la internacionalización parece la salida más favorable para las PYMES, realizar un plan de internacionalización, estudiar los pros y contras de esta salida al exterior, utilizar las ayudas ofertados por organismos como el ICEX e intentar prosperar en otros mercados.
Muchas empresas, ante la situación de crisis, se han atrevido a ofrecer sus productos o servicios a otros países con la intensión de diversificar su mercado, pero lo han hecho de una forma desordenada y sin haber realizado una planificación estratégica con el objetivo de minimizar los riesgos, que toda actividad de internacionalización lleva asociados.
Si hablamos de una PYME, los pasos a seguir son claros y los objetivos a lograr, más o menos similares, crear visibilidad en el exterior, tener imagen de marca y obtener mayores beneficios pero la pregunta sería si podemos aplicar los mimos pasos y los mismos objetivos a una Universidad.
Cuando hablamos de la Internacionalización de una universidad a qué nos referimos, parece que estamos hablando de los estudiantes de movilidad o erasmus que salen y entran en nuestras universidades. En realidad deberíamos referirnos a algo más.
La internacionalización se refiere también a la forma de investigar, a obtener ayudas internacionales, a enseñar a nuestros estudiantes otras formas de hacer y estudiar diferentes a las nuestras y para esto, también las universidades necesitan un plan de internacionalización. Muchas de ellas lo tienen previstos en sus planes estratégicos pero son pocas las que lo han desarrollado o le dan mayor importancia, llevando acciones no planificadas y olvidando que la planificación es esencial para lograr cualquier objetivos que nos propongamos.
El proceso de internacionalización es una pieza clave para lograr el cumplimiento del Plan de Bolonia " mejorar la movilidad del personal de las universidades y de los estudiantes de la UE". Está previsto por la UE que la movilidad universitaria llegue al 20% en 2020.
Una de las carencias destacadas en la Universidad es el escaso conocimiento de la lengua inglesa, son muy pocos los que podrían comunicarse en una lengua extranjera sin tener problema. Deberíamos fomentar el aprendizaje de lenguas extranjeras entre el personal que trabaja en la Universidad de manera que sepan responder a necesidades específicas de estudiantes de otros países que estudia en nuestras universidades. El aprendizaje de lenguas como el chino, portugués o alemán pueden ayudar en la tramitación de proyectos bilaterales con países firmantes de convenios y desarrolladores de tecnología.
En el área de la investigación, sería muy conveniente formar al personal para poder desarrollar con facilidad peticiones de proyectos internacionales, localizar socios y realizar acuerdos.
En casi todos los rankings de Universidades uno de los índices que más importancia tiene es la visibilidad, los artículos publicados en revistas internacionales de prestigio y la transferencia de tecnología a nivel internacional. Las Universidades Españolas empiezan a aparecer por debajo del puesto número 100, ello no se debe a que invertimos en I+D menos que otros países, sino a la forma de enseñar, a los métodos utilizados, a la falta de asignaturas en las que se promueva el emprendedurismo y sobre todo a la falta de convenios internacionales para transferencia de tecnología.
En definitiva necesitamos planes de internacionalización donde se promuevan la cultura emprendedora, se dote de estructuras de apoyo preparadas a los grupos de investigación, se profundice más en el aprendizaje de idiomas y se especialice en la presentación de proyectos de investigación internacionales y multidisciplinares.
Es necesario facilitar el proceso de admisión de estudiantes extranjeros, flexibilizar la forma de pago y sobre todo la especialización en nuevos métodos de enseñanza.
domingo, 29 de abril de 2012
CITAR UN TWEET EN UN DOCUMENTO ESCRITO
TWEETS
Siguiendo el manual de estilo de la MLA, los elementos de la referencia bibliográfica serían:
Apellido, nombre del autor. "Texto del tweet". Fecha, hora del mensaje. Medio de publicación (Tweet).
Ejemplo (estilo MLA):
Según normas expuestas por la universidad Carlos III de Madrid.Athar, Sohaib. "Helicopter hovering above Abbottabad at 1AM (is a rare event)." 1 May 2011, 3:58 p.m. Tweet.
http://goo.gl/gTAuL
ESTRUCTURA DE UN INFORME
A.- PORTADA
TÍTULO: es recomendable elaborar el título una vez concluido el trabajo
AUTOR
FECHA
RESUMEN: Permite al lector hacerse una idea rápida del contenido del documento
ÍNDICE
ÍNDICE DE FIGURAS Y TABLAS
B.- CUERPO
INTRODUCCIÓN
DESARROLLO
CONCLUSIONES
C.- APÉNDICES
BIBLIOGRAFIA Y FUENTES
A.- PORTADA
TÍTULO: es recomendable elaborar el título una vez concluido el trabajo
AUTOR
FECHA
RESUMEN: Permite al lector hacerse una idea rápida del contenido del documento
ÍNDICE
ÍNDICE DE FIGURAS Y TABLAS
B.- CUERPO
INTRODUCCIÓN
DESARROLLO
CONCLUSIONES
C.- APÉNDICES
BIBLIOGRAFIA Y FUENTES
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